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Las pruebas Covid-19 por las que la Procuraduría inhabilitó a Dau y lo saca (por ahora) de la arena electoral

William Dau, exalcalde de Cartagena, asegura que hay una intención de sacarlo del juego político. /Foto: Archivo

Las pruebas Covid-19 por las que la Procuraduría inhabilitó a Dau y lo saca (por ahora) de la arena electoral

La decisión de la Procuraduría, que se conoció este lunes, le impide al exalcalde William Dau aspirar a un cargo de elección popular durante los próximos nueve años. Una intención que, por ahora, él no descarta.

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La Procuraduría General inhabilitó, en primera instancia, al exalcalde de Cartagena William Dau y al exdirector del Departamento Administrativo Distrital de Salud (Dadis), Álvaro Fortich Rebollo, para ejercer cargos públicos durante nueve años, por una fallida compra de pruebas rápidas en medio de la emergencia sanitaria por coronavirus.

El contrato, por $725.000.000, lo firmó Dau en 2020 con la empresa barranquillera Ventas, Distribuciones y Marketing Ltda, para comprar 10.000 tests que nunca llegaron a Cartagena. Mientras que Fortich fue quien seleccionó la oferta de esa empresa como la más favorable.

Aunque la Alcaldía de Cartagena liquidó ese contrato cinco meses después por los reiterados incumplimientos del contratista y no alcanzó a girarle un peso, la Procuraduría encontró que Dau y Fortich cometieron “faltas” con “culpa gravísima por desatención elemental”, al haber contratado por urgencia manifiesta a una firma no idónea.

La sanción de la Procuraduría, con fecha del 5 de julio pero divulgada por esa entidad el 22 de julio, ocurre en momentos en que el exmandatario cartagenero acusa públicamente a la procuradora general Margarita Cabello de ser corresponsable de los casos de corrupción de Bolívar al no ponerles suficiente lupa a los poderosos del departamento.

Con esta sanción de la Procuraduría, Dau no podrá aspirar a un cargo de elección popular durante los próximos nueve años. Una intención que no ha manifestado explícitamente, pero que tampoco descarta, como lo dejó ver en una reciente entrevista con W Radio.

Las razones de la Procuraduría

En un fallo de primera instancia de 86 páginas, el Ministerio Público encontró disciplinariamente responsables a Dau y Fortich porque “vulneraron los principios de moralidad y eficacia de la función administrativa” con un contrato del 8 de abril de 2020, para atender la emergencia sanitaria por coronavirus.

El argumento de fondo de la Procuraduría para inhabilitarlos fue su responsabilidad en la selección de una empresa no idónea, uno de los “grandes riesgos de la contratación Covid” pues al tener que contratar por urgencia manifiesta los entes debían redoblar esfuerzos para no seleccionar a contratistas sin “capacidad financiera o experiencia para ejecutar en forma eficiente y adecuada”.

Y justo porque el contratista Ventas, Distribuciones y Marketing Ltda nunca le entregó las pruebas, la Alcaldía de Cartagena tuvo que declarar incumplimiento de contrato y liquidar ese proceso en septiembre de 2020.

“En efecto” —dijo la Procuraduría—, el incumplimiento “se declaró porque el contratista no realizó la entrega de las 10.000 pruebas Covid contratadas, en el tiempo estipulado, por no contar con disponibilidad de estas, desvirtuándose la finalidad de la contratación de emergencia, esto es satisfacer de manera inmediata la necesidad de la población beneficiaria”.

Además, “no obra en los soportes del contrato prueba documental que permita al despacho constatar que la empresa Ventas, Distribución y Marketing Ltda tenía la capacidad para ejecutar el referido negocio jurídico en el tiempo estipulado”.

La Procuraduría también encontró que ese contratista no tenía aval del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) para la comercialización de pruebas rápidas.

“No obra en el plenario prueba de que la Alcaldía de Cartagena, representada por William Dau Chamat, realizara la verificación de la capacidad del contratista para suministrar las 10.000 pruebas rápidas con el mencionado registro sanitario, previo a la celebración del contrato”.

Para la Procuraduría, además, hubo falencias en la “justificación” de la selección de la oferta. En ese documento, el entonces director del Dadis justificó la idoneidad del oferente partiendo de su objeto social y experiencia mínima. Sin embargo, con esa información se probaba idoneidad para la comercialización de equipos médicos hospitalarios e insumos relacionados con la práctica médica no con pruebas rápidas para detectar Covid-19. 

De hecho, esa información —explicó la Procuraduría— correspondió a la verificación de idoneidad de otro contrato celebrado por el gobierno Dau con esa empresa para el suministro de mascarillas, jabones líquidos, gel antiséptico y termómetro infrarrojo.

A las pocas semanas de haber firmado el contrato de pruebas rápidas, comenzaron las críticas en Cartagena. Fallas que, en entrevista con RCN Radio el 5 de junio de 2020, Dau atribuyó a “primiparadas” de su administración.

El impacto político y la segunda instancia

Tan pronto se hizo pública la sanción de la Procuraduría, el exalcalde William Dau publicó en su cuenta de Instagram Salvemos a Cartagena dos mensajes para rechazar la inhabilidad, arremeter una vez más contra la procuradora Cabello y asegurar que lo que busca la clase política es sacarlo de la arena electoral.

Aunque la sanción es en primera instancia y Dau puede impugnar ante la Procuraduría, la decisión del Ministerio Público por lo pronto lo saca de la arena político-electoral. Un escenario que no descarta, según le dijo a W Radio el miércoles 17 de julio.

“Quieren neutralizar a un acérrimo crítico de la Procuraduría, para que la gente de Cartagena no tenga la opción de elegirme, si acaso yo me quisiera postular para ser nuevamente alcalde de Cartagena o gobernador de Bolívar o concejal o cualquiera cargo de elección popular”, dijo en esa entrevista. 

También se pronunció el presidente Gustavo Petro. En X el mandatario dijo que “la Procuraduría no puede inhabilitar a William Dau”. Antes, el 16 de julio, el presidente ya había calificado como “abuso de poder” una sanción de cuatro meses que la Procuraduría le impuso a Dau por haber llamado “nido de ratas” a la Universidad de Cartagena.

Petro basa sus pronunciamientos en una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que manifiesta que ninguna autoridad administrativa debe suspender derechos políticos a ningún ciudadano de Colombia.

La decisión de la segunda instancia del Ministerio Público, a la que Dau tiene derecho, será clave para conocer si esa entidad dejará en firme el golpe político-electoral que el exmandatario recibió esta semana.

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