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Así funcionará el toque de queda en Cartagena este fin de semana

El toque de queda que empieza este viernes va hasta la madrugada del martes. /Foto: Cortesía Jesús David Moreno.

Así funcionará el toque de queda en Cartagena este fin de semana

Durante 82 horas, la capital de Bolívar estará en aislamiento preventivo para detener la propagación del coronavirus. Revisamos el decreto que reglamenta esta medida y se lo detallamos para que lo conozcan.

Cartagena comienza hoy el primero de tres fines de semana que estará bajo toque de queda, decretado por el alcalde William Dau hasta el 5 de abril, para prevenir, controlar y mitigar los efectos del coronavirus, que en menos de una semana ya suma 10 casos.

A través del Decreto 0517 del 20 de marzo de 2020, el alcalde William Dau estableció las siguientes medidas para las 82 horas de confinamiento en casa:

  • La movilidad ciudadana estará restringida durante todo el fin de semana, incluyendo el lunes festivo. El toque de queda inicia a las 6:00 pm de hoy viernes 20 de marzo y acabará a las 4:00 am del martes 24 de marzo.
  • Para asegurar el abastecimiento de alimentos y medicinas, los supermercados y farmacias estarán abiertos según los horarios que cada establecimiento determine.
  • Las plazas de mercado como Bazurto y Santa Rita, durante el sábado, domingo y lunes festivo, funcionarán desde la 1:00 am hasta las 2:00 pm.
  • La Alcaldía dispuso como medida preventiva que solo una persona por familia, excepto niños y adolescentes, haga las compras pertinentes en tiendas y supermercados. 
  • Una persona por cada familia podrá sacar en su entorno más inmediato a mascotas y animales por 20 minutos.
  • Los hospitales y droguerías también estarán abiertos. La Alcaldía recomienda que los ciudadanos acudan a estos sitios solo si es absolutamente necesario.
  • Los establecimientos y restaurantes podrán ofertar sus servicios y productos únicamente mediante plataformas de comercio electrónico y a través de domicilios. Los restaurantes ubicados dentro de las instalaciones hoteleras sólo podrán prestar servicio a sus huéspedes.
  • Las estaciones de servicio de gasolina garantizarán el abastecimiento y distribución de combustibles. 
  • Los servicios de transporte masivo y público colectivo estarán funcionando para quien los necesite. Solo podrán movilizar exclusivamente la ocupación de sus sillas.
  • Los vehículos de servicio público individual, debidamente identificados, podrán movilizar personas durante el día a las terminales aéreas y terrestres, así como también a clínicas y hospitales.
  • Habrá operativos de organismos de seguridad, autoridades militares y de funcionarios del gobierno distrital para garantizar el toque de queda. Habrá multas y sanciones para quienes salgan en grupos.

 

Además, este nuevo decreto ordena:

  • Toque de queda, hasta el 20 de abril, para niños y adolescentes.
  • Toque de queda, desde hoy 20 de marzo y hasta el 31 de mayo, de personas mayores de 70 años, quienes deberán estar la mayor parte del tiempo en sus casas. Durante el día, podrán abastecerse de bienes de consumo de primera necesidad como alimentos y  medicamentos. También suplir sus necesidades médicas y financieras.
  • Cuarentena, hasta el 5 de abril, para los edificios en los que se encuentran pacientes con coronavirus. La medida será vigilada por la Policía Nacional.

 

Están exentos de la medida:

  • Funcionarios en cumplimiento de sus funciones, del orden nacional, la Alcaldía de Cartagena y la Gobernación de Bolívar.
  • Servidores públicos y contratistas estatales en el cumplimiento de actividades relacionadas con la declaratoria de calamidad pública, emergencia económica y recolección de datos.
  • Trabajadores y operarios que prestan sus servicios en turnos de trabajo, debidamente identificados.
  • Vehículos o rutas destinados al transporte de trabajadores y operarios de empresas que realizan operación 24/7.
  • Miembros de la fuerza pública, organismos de seguridad del Estado, Ministerio Público, Defensa Civil, Cruz Roja, Defensoría del Pueblo, cuerpo oficial de Bomberos, Rama Judicial, organismos de socorro, cuerpo de custodia y vigilancia, Penitenciaria, Fiscalía General, funcionario de aduanas, debidamente identificados.
  • Servicio de vigilancia privada, celaduría, porteros y cuidadores de las instituciones educativas oficiales, debidamente identificados y acreditados.
  • Vehículos de emergencia médica y aquellos destinados a la atención domiciliaria de pacientes.
  • Personal sanitario, ambulancias, vehículo de atención prehospitalaria y dedicados a la distribución de medicamentos.
  • Vehículos y personal de las empresas de gases medicinales debidamente acreditados.
  • Periodistas y demás integrantes de los medios de comunicación en ejercicio de sus labores.
  • Personal administrativo y portuario de aduanas, marítimo, aeroportuario y de las terminales de transporte terrestre, y viajeros que tengan tiquete de salida programados durante el periodo del toque de queda, debidamente acreditados con los tiquetes respectivos.
  • Actividades en establecimientos y locales comerciales, como minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad. Los trabajadores de estos establecimientos deberán estar debidamente acreditados e identificados. Para los fines de semana podrán movilizarse de 6:00 am a 4:00 pm.
  • Trabajadores de establecimientos y locales de productos farmacéuticos, médicos u ortopédicos, ópticas y medicinas para mascotas. El personal trabajador de estos establecimiento deberá estar debidamente acreditado identificado.
  • Operarios y trabajadores que garantizan el funcionamiento de los cajeros electrónicos.
  • Operarios y trabajadores de actividades de carga para exportación y actividad logística.
  • Vehículos de servicio público individual, debidamente identificados, que podrán movilizar durante el día a las personas que necesiten ir a las terminales aéreas y terrestres, así como también a clínicas, hospitales y empresas con turnos de trabajo nocturno. Terminada su labor, los conductores de los vehículos de servicio público deberán dirigirse a su lugar de domicilio.
  • Vehículos particulares en caso de urgencia.

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